DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la sociedad de comercio CONSTRUCCIONES JUNCAL C.A.
SEGUNDO: CONFIRMADA, la sentencia recurrida.
Notifíquese mediante oficio de la presente sentencia al juzgado de la causa. Líbrese oficio.
Notifíquese mediante oficio de la presente sentencia al Fiscal de Ministerio Publico, a cuyos efectos se ordena librar oficio y anexar a la misma copias fotostáticas certificadas de la presente decisión.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los doce (12) días del mes de Agosto del año 2.011. Años 201° de la Independencia y 1.....