TITULO III.
DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: Se DECLARA HOMOLOGADO el Desistimiento del Recurso de Apelación de Sentencia Condenatoria interpuesto por el Abg. Alirio Echeverría, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Alcides Antonio Fernández, contra la decisión dictada en fecha 24 de Marzo de 2011 y fundamentada el 04 de Abril del mismo año, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 04, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual CONDENÓ al referido ciudadano, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º del Código Penal.
SEGUNDO: Se ordena la remisió.....