PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos BELTRAN VENAVIDES y OTROS, venezolano, mayor de edad y titular de las Cédula de Identidad Nº 5.690.740, representada por su apoderado judicial EDWARD A. BALZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.790, en contra de las Sociedades Mercantiles, GRUPO DE EDITORES DE SUCRE, C.A (GEDISUCA) MUSICAL 100 F.M STEREO, C.A; PROMOCIONES Y PRODUCCIONES J.B, C.A y RADIO SUCRE.
SEGUNDO: Se condena a la accionada a cancelar a los actores los conceptos ESPECIFICADOS EN EL CUERPO DE ESTA SENTENCIA LOS CUALES DEBERAN SER CALCULADOS POR EL EXPERTO DESIGNADO.
TERCERO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulte de los conceptos detallados supra, mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por los intereses de prestaciones sociales, intereses de mora e indexación monetaria, dichos conceptos serán calculados por un único experto, mediante una Experticia Complementaria del presente Fallo, cuyos honor.....