Este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el PROCEDENTE la oposición formulada por la Abg. NATHALI CORDERO, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la Sucesión AMALIA HANDULE DE SALDIVIA y de la Sucesión MIGUEL TOMAS SALDIVIA y en consecuencia IMPROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO Y PROPIEDAD formulada por el ciudadano ELIAS ANTONIO ADJAM; todos identificados en autos y en consecuencia se declara el SOBRESEIMIENTO de la presente solicitud; razón por la cual los interesados podrán proponer las pretensiones que consideren pertinentes en la jurisdicción contenciosa.