En virtud de las consideraciones que preceden, este Tribunal de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los Artículos, 8, 30, 365, y 369, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente declara CON LUGAR la solicitud que por REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, intentara JESUS MANUEL MOYA MARCANO, actuando en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en representación de la ciudadana: ROSMIN SUGGEN RAMIREZ OCHOA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12.918.3429, domiciliada en El Sector El Hoyote, Vía Principal, Primera entrada, casa s/n° San Agustín 2, al frente de la entrada de la Aldea Bolivariana, Casanay, Parroquia Mariño, Municipio.....