En atención a los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR la oposición formulada por la representación judicial de la parte demandante abogada MANUELA CASTRILLO CASTRILLO, identificada en autos, contra la pruebas promovidas por la ciudadana LISBETH HENRIQUEZ DE RODRIGUEZ asistida por la abogada OLGA VELASQUEZ, todas antes identificadas.