DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resolvió:
PRIMERO: Impone al adolescente sancionado: SE OMITE CONFORME A LA LEY, Venezolano, de 15 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad CI: V-27.881.030, fecha de nacimiento 24/01/2000, natural de Guanare, profesión u oficio indefinida, residenciado en el Barrio San Antonio, Calle 5, Casa sin numero diagonal a la Bodega el "Primero", estado Portuguesa y el sancionado: SE OMITE CONFORME A LA LEY, Venezolano, de 17 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad CI: V-27.277.082, fecha de nacimiento 01/05/1999, natural de Guanare, profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio San Antonio, Calle 3, Casa sin numero, adyacente al Bar "La Faraudula" Municipio .....