Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 12/11/2003

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : -IK11-P-2003-000014 N° Sentencia : S-N. Fecha: 12/11/2003
Procedimiento:
Auto De Ejecución
Partes:
FISCAL SEXTO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO FALCÓN ABG. JESÚS DICURÚ ANTONETTI VS DEFENSOR PÚBLICO TERCERO ABG. RAMÓN NAVAS.
Resumen:
Ahora bien, en atención al anterior punto, y como quiera que este juzgador de los recaudos suministrados en actas ha constatado que efectivamente el penado JEAN CARLOS COLINA ESCARAY, ha laborado intramuros en el Internado Judicial del Estado Falcón, 2 años, 5 meses y 6 días, y cursado conjuntamente estudios en sistema de Libre Escolaridad para Adultos por espacio de 18 meses continuos, aprobando el quinto y sexto grado de primaria, mas el Séptimo, octavo, noveno grado de Educación Básica y el primero y segundo gado de educación diversificada, es procedente entonces la solicitud de redención peticionada por el propio penado a razón de dos días de trabajo o estudio por un día de reclusión de conformidad con lo preceptuado en articulo 3 de la Ley de Redención de Pena por Trabajo y Estudio. Por tanto de la operación matemática prevista en el precitado articulo de dos días de trabajo por uno de reclusión, nos daría que el penado tiene una redención de pena por trabajo realizados de intra.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : IK11-P-2003-000014 N° Sentencia : S-N. Fecha: 12/11/2003
Procedimiento:
Computo
Partes:
FISCAL SEXTO DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO FALCÓN ABG. JESÚS DICURÚ VS DEFENSOR PÚBLICO TERCERO ABG. RAMÓN NAVAS.
Resumen:
En tanto, de las acotaciones antes descritas este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, procede a realizar nuevo computo de pena de conformidad con lo preceptuado en el articulo 475 del Copp derogado, siendo que el mismo quedara determinado de la siguiente manera; De la sumatoria de la pena efectivamente cumplida en reclusión mas la efectivamente redimida por trabajos realizados y estudios cursados tenemos un total de pena cumplida de 5 años 3 meses y 17 días de pena cumplida, faltándole una totalidad de pena por cumplir de 6 años 8 meses y 13 días por lo que optaría por las diferentes formulas de prelibertad de la siguiente manera forma; - Por el beneficio de Destacamento de Trabajo, una vez cumplidos una cuarta parte de la pena impuesta de conformidad con lo preceptuado en el articulo 67 de la Ley de Régimen penitenciario, específicamente cuando en penado haya cumplido 3 años de pena el día 25 de Julio del año 2001 (ya cumpli.....
Juez/Ponente:
Naggy Richanni
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados