Del análisis anterior este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda por indemnización de daños materiales ocasionados en accidente de tránsito, interpuesta por FLAVIA MARÍA COROMOTO PETACCIA SILVA en contra de CARLOS MOISES GRANADO FERNANDEZ y, SIN LUGAR la reconvención por indemnización de daños materiales en el mismo accidente de tránsito, formulada por CARLOS MOISES GRANADO FERNANDEZ en contra de FLAVIA MARÍA COROMOTO GRANADO FERNANDEZ ,todos identificados en autos.