Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN INLACA, C.A., contra DISTRIBUIDORA POR VEN, C.A., y su Presidente NUNO FERNANDO PATRAO NUÑEZ, todos previamente identificados, con la debida advertencia que la ejecución de la presente decisión, sólo podrá hacerse efectiva sobre el patrimonio de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA POR VEN, C.A.