Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por WILLIANS JOSE DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.818.981, en contra de JUAN BAUTISTA VIAJE MILLAN.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de Antigüedad 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones Vencidas y fraccionadas, Bono Vacacional vencido y fraccionado, Utilidades no canceladas y fraccionadas, Indemnización por despido del Art. 125 de L.O.T, y la Indemnización Sustitutiva del Preaviso art.125 de la l.O.T y Diferencia Salarial para el demandante WILLIANS JOSE DI.....