DECISIÓN
Visto el desistimiento expreso de la parte recurrente en el presente asunto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, actuando en sede Contencioso Administrativa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el presente asunto por Recurso de Nulidad conjuntamente con Amparo cautelar y subsidiariamente con solicitud de suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa No. 00425-2017, de fecha 17 de octubre de 2017, contenida en el expediente No. 049-2015-01-00708, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL ESTADO CARABOBO, todos plenamente identificados en autos. SEGUNDO: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN JUDICIAL AL DESI.....