III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia Nº 418 dictada en fecha 19 de octubre de 2020 por el Juzgado Segundo Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de la República de Panamá, que declaró disuelto el vínculo matrimonial de los ciudadanos RAQUEL IRENE PIÑA PACHAS y LEONARDO JAVIER MONASTERIO BONILLA.
De conformidad con lo previsto en el artículo 475 del Código Civil, se ordena remitir copia certificada de la presente decisión a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia, Estado Carabobo y al Registro Principal del Estado Carabobo.