´´Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Edmundo David García Salas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 13.027.889, asistido por el abogado Jorge Luis García Barazarte, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No 200.306
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Edmundo David García Salas y Yuskeidi Chirinos Quintero, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 13.027.889 y V.- 19.216.299, respectivamente, en fecha 15 de febrero de 2018, por ante la Oficina de.....