DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por motivo de Desafecto fundamentado en las en las sentencias 1070 de fecha 9 de Diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído ciudadano: GIOVANNY ADOLFO CARRILLO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.482.128, debidamente asistido en este acto por la Abogada en ejercicio MARIAGNIS ESCALONA MENDOZA, en su condición de Defensora Publica Auxiliar Integral Primera (1º) del Estado Lara, inscrita en el IPSA bajo el Nº 226.698, contra la ciudadan.....