Se dicta la decisión en la cual se DESESTIMA LA DENUNCIA, interpuesta por el ciudadano: LUIS FELIPE OCHOA AZUAJE, Cedula de Identidad N° 9.066.356, de nacionalidad venezolana, residenciado en Urbanización los Crepúsculos, sector II, Avenida 1, Casa N° 13, de Barquisimeto, Estado Lara, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 301 y 302 del código orgánico procesal penal.