En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO.-SIN LUGAR la apelación interpuesta por el 18 de julio de 2005, por el abogado RAMÓN AUGUSTO AULAR OCHOA, quien actúa en su propio nombre y representación de sus derechos, contra la sentencia definitiva dictada el 12 de mayo de 2005, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO.- CONFIRMADA la sentencia definitiva dictada el 12 de mayo del 2005, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que declaró la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana HILDA LAMAS VIUDA DE CORTE.....