Por todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República y por autoridad de la ley niega la medida preventiva de secuestro solicitada por el abogado José Ángel Reyes, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Entidad Mercantil Inversiones Cerro Azul C.A, ya identificado contra la ciudadana Niurber Coralia González Rodríguez, antes identificada y así se declara.