D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara 1) SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio Zalg Abi Hassan contra sentencia de fecha 03 de octubre de 2.008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, que declaró SIN LUGAR el derecho a cobrar honorarios profesionales por parte de la abogada NELSA CRISTINA PERDOMO PEREZ, en contra de la sociedad de comercio INGENIERIA RIPE, C.A., 2) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta por el abogado Jorge Luís Mogollón, contra la sentencia supra señalada, en lo referente a la negativa de condenatoria en costas. Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase c.....