este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: DESISTIDA LA ACCIÓN incoada por el ciudadano HENRY JAVIER SANCHEZ TORTOLERO, en contra de FUNERARIA LARA S.R.L, y de los terceros llamados a Juicio CORPORACION DE SERVICIOS HEMISFERIOS, S.A, y COBRANZAS CHAMBUCO, de conformidad con la norma invocada anteriormente. No hay condenatoria en costas, según lo estatuido en el artículo 61 de la Ley adjetiva Laboral. Es todo.