Previa revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto civil de jurisdicción contenciosa con motivo de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, iniciado en fecha 17/09/2002, por la ciudadana ANA MARIA ARAUJO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.262.710, en beneficio de su hija, la ciudadana ANAYKER YOLIETH GUDIÑO ARAUJO, en contra del ciudadano JESUS EUGENIO GUDIÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.668.466, se verifica que en fecha 07/11/2002 el Juzgado Unipersonal N° 2 del extinto Tribunal del Niño y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, acordó establecer una revisión de la obligación por la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 60.000,00) mensuales, y CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,00) en los meses de Septiembre y Diciembre, para la compra de útiles escolares y uniformes, ropa y calzados para la fiestas decembrinas, de los cuales son descontados del salario del obligado por ante la Zona Educativa del estado Portuguesa y .....