DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia y en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por: DESALOJO, intentada por el ciudadano: JERMAN ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 51.241, actuando en representación del ciudadano: FERNANDO FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 425.200, de este domicilio, en contra del ciudadano: JOSÉ LUIS RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.937.824, de este domicilio.- En consecuencia se condena a la parte demandada antes identificada, a entregar a la parte actora el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la planta baja del Edificio Don Rocha, situado en la calle 33 entre carreras 33 y 34, de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, distinguido con el Nº 1.- SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora, a título de .....