CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMUENTO, interpusiera la ciudadana CARMEN ROSIELL MANZANILLA ALVAREZ, asistida por la abogada MARLENE PULIDO, ambas anteriormente debidamente identificadas, contra la ciudadana GIOMAR VIOLETA VIÑA GONZALEZ, igualmente identificada, en consecuencia se condena a esta última:
PRIMERO: en la resolución del contrato de arrendamiento, por el incumplimiento de la cláusula cuarta del mismo, esto es la falta de pago de los meses de Agosto hasta la presente fecha.
SEGUNDO: En cancelar la suma de UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (bs. 1.500, oo), correspondientes a los daños y perjuicios que el incumplimiento de la demandada ha causado por no pagar l.....