Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 11 de agosto de 2011, por la ciudadana Altagracia García, asistida por la abogada Liseth Barrios, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 04 de agosto de 2011, en el juicio de partición, interpuesto por la ciudadana Uven Pastora García, contra la ciudadana Altagracia Antonia García de González. Quedó ASI CONFIRMADO el auto apelado. Se condenó en costas al apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.