Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 14 de agosto 2014, por el abogado el abogado Victor G. Caridad Zavarce, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos Amadeo Díaz y Adriana Barreto de Díaz, contra el auto dictado en fecha 3 de julio de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por cobro de bolívares, seguido por la sociedad mercantil Mantenimiento y Servicios S.O.M.A., C.A., contra los ciudadanos Amadeo de Jesús Díaz Velásquez y Adriana Rafaela Barreto de Díaz. En consecuencia, se HOMOLOGÓ el DESISTIMIENTO. Quedó así CONFIRMADO el auto dictado en fecha 3 de julio de 2014, por el Juzgado Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condenó en costas a la parte apelante.