Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: El decaimiento de la acción por falta de interés procesal, en la Solicitud de Titulo Supletorio, presentada por la abogada MARIHU ANDREINA TOVAER MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 18.167.284, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No 135.595, actuando en su carácter de apoderado judicial de la entidad mercantil M&J CONSTRUFERRE10 C.A, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 21/06/2011, bajo el Nº 33, Tomo 412-A, modificados sus estatutos según acta de asamblea inscrita po.....