En su oportunidad comparecieron los ciudadanos: Juan Freddy Suarez López y Euclides Ramon Jimenez Colmenares, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros10.053.943 y Nº12.647.615. Respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud. Y Por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: YAIVET YANETT OLIVARES RUBIO, JACKSON ARMANDO OLIVARES RUBIO, DAISY YOHANA OLIVARES DE ESCALONA y YELITZA CAROLINA OLIVARES RUBIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cé.....