Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA PROCEDENTE el beneficio de ESTABLECIMIENTO DE REGIMEN ABIERTO al penado AGUSTO RAFAEL HERNANDEZ, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula Identidad N °Indocumentado , por encontrarse llenos los extremos exigidos en el Artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, así como los Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal