, DECRETA las presentes actuaciones "TITULO SUFICIENTE Y BASTANTE PARA PERPETUA MEMORIA", y declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ISIDRO MARQUINA RODRIGUEZ, a su legítima cónyuge la ciudadana YSABEL MARIA ANGULO DE MARQUINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.204.170, y a sus cuatro (4) hijos los (adolescentes) GLENDY TIBISAY, ANA VIRGINIA, CIRO EDUARDO y MIGUEL AUGUSTO MARQUINA ANGULO, venezolanos, cuya representación hace su legítima madre, todos domiciliados en la población de La Azulita del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, quedando a salvo en todo caso los derechos a terceros. ASI SE DECIDE.-