Y EN ESTE ACTO LA DEMANDANTE DESISTE DEL PROCEDIMIENTO y se reserva el derecho de demandar por la vía ordinaria. Visto el DESISTIMIENTO efectuado en este acto por la parte actora y en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Así mismo se hace entrega a cada una de las partes de sus respectivas pruebas.
LA JUEZ
LA DEMANDANTE
SU APODERADA JUDICIAL
LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA