DECISION
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación intentada por los abogados GASTÓN MIGUEL SALDIVIA DÁGER y PABLO JOSÉ PÉREZ ROJAS, en contra de la sentencia dictada en fecha 08 de Octubre de 2013, por el Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, PARCIALMENTE CON LUGAR el COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES intimados por la parte actora y se CONDENA a los intimados a pagarles sus honorarios causados por la actuación realizada en el asunto signado bajo el asunto KP12-V-2008-000164, seguido en el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, presentado por los Abogados GASTÓN MIGUEL SALDIVIA DAGER y PABLO JOSE PÉREZ ROJAS en contra de la CONSTRUCTORA.....