Por las consideraciones expuestas, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA inadmisible SOBREVENIDAMENTE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado CINDY HERNÁNDEZ en su carácter de defensor privado del ciudadano Imputado FREDDY ARNALDO MEZA TORRES, señalando como agraviante al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, a cargo del juez ABG. JOEL ROMERO, al verificarse que el Juez accionado acordó las copias simples solicitadas por la defensa Abogado Cindy Hernández; requerimiento que efectuó el accionante con fundamento en los artículos 26, 27, 49, 51, 143 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 2, 5 y 17 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en virtud d.....