En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, abogado WILLIAM LÓPEZ LINARES, contra la decisión dictada el 14 de noviembre de 2017, por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción mero declarativa interpuesta, por no haberse configurado lo establecido en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese, diarícese y en su oportunidad legal remítase el expediente.
Dada, fi.....