Hoy, 13 DE ABRIL DE 2009, SIENDO LA 1:30 PM., día y hora fijado para que tenga lugar la PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: ciudadana MARIA AURA ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad Nro.9.632.438, y de las partes co-demandadas CURTEC S.R.L. y COMITÉ TÉCNICO INDUSTRIAL, S.A., ni por si, ni por medio de Apoderados Judiciales algunos. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Es todo.