Por razones expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL por muerte del imputado RAFAEL ALEJANDRO LINAREZ PEÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.530.913 y en consecuencia SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el numeral 1º del artículo 48 en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las Partes. Remítanse las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara, a los fines de su conservación y archivo del mismo. Cúmplase.