DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la demanda por DISOLUCION DE SINDICATO, incoada por la empresa FERTILIZANTES DEL CENTRO C.A, en contra del SINDICATO DE TRABAJADORES DEL GRUPO DE EMPRESAS FERTILIZANTES DEL CENTRO C.A Y CARIAGRO C.A (SINTRA-FERCENTRO-CARIAGRO).
No se condena en costas a la parte accionante, dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Puerto Cabello, a los trece (13) días del mes de Mayo del año Dos Mil ocho (2008), siendo las (03:00-pm.).
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