Capitulo VI
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Sin Lugar la querella interdictal de amparo intentada por el ciudadano Wilmer Leonardo Lever Hurtado contra el ciudadano Sixto Barrios, todos de las características que constan en autos.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los trece (13) días del mes de mayo de 2.011, siendo las 03:00 de la tarde. Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Publíquese, regístrese y anótese en los libros respectivos. Déjese copia en el copiador de sentencias.
La Juez Titular
A.....