Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, declara TERMINADO el procedimiento de Reconocimiento de Documento, intentado por la ciudadana ESTHER VICTORIA MARQUEZ ANZOLA, ya identificada, contra los ciudadanos ANTONIO MIGUEL MARQUEZ SILVA y HAYDEE PATRICIA MARQUEZ SILVA y la Niña Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, representada por su representante legal MARIA SOFIA CUBAS YEPEZ, y en consecuencia extinguida la instancia. en consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos.....