DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1.- CONDENA AL CIUDADANO PEDRO LUIS CONTRERAS PEÑA, por encontrarlo responsable penalmente en los delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES, LEVES Y LEVES AGRAVADAS, tipificados en el artículo 420 ordinales 1º y 2º del Código Penal en relación con el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS DE PRISIÒN.
2.- Se acuerda imponer al acusado Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de conformidad con el ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación cada treinta (30) días ante la taquilla de presentacione.....