DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. José Alberto Mercado Pulido, en representación del ciudadano ASSAD SERGIO EL KANTAR BUSTAMANTE, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 02 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 03/12/2013 mediante el cual NIEGA la entrega Material del VEHICULO PORTA MARCA: RM, MODELO BTP-3ER20, AÑO2001, COLOR AMARILLO, CLASE REMOLQUE, TIPO: BATEA, USO CARGA, Al ciudadano José Alberto Mercado Pulido actuando en representación del ciudadano, ASSAD SERGIO EL KANTAR BUSTAMENTE cedula de identidad Nº 16.307.348.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circu.....