Razones estas por las que este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la pretensión de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, propuesta por el Abg. Reinal José Pérez Viloria, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 71.596, debidamente asistido por la Abg. Josselyn Contreras, contra la ciudadana MARIA SILVIA RAMIREZ TOVAR. ASI SE DECIDE.