Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la ciudadana ONEIDA YSABEL MILLANO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-7.910.770, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RAMPHY ROJAS URBAEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 72.944, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía con el ciudadano OMAR ENRIQUE OTHMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-16.261.230, contraído por ante el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge, y V.....