DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena: PRIMERO: La entrega en calidad de Depósito al ciudadano MIGUEL ANGEL OROPEZA NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.343.386, de un vehículo de con las siguientes características: Marca Ford, Clase Automóvil, Tipo Sedán, Modelo Conquistador, Color Blanco, Placas DEI-011, Uso Particular, Año 1.985, Serial de Carrocería AJ85FB81958, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, mientras el Ministerio Público formula el acto conclusivo pertinente. SEGUNDO: Se prohíbe al Depositario la ejecución de cualquier acto que pueda significar el traslado de la posesión o de la propiedad del vehículo, so pena de la posible imposición de sanciones por tales he.....