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Decisiones del dia 13/06/2007

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP02-L-2006-001203 N° Sentencia : PJ0102007000102 Fecha: 13/06/2007
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
DEISA DEL CARMEN AVILA PULGAR Y DINORATH J. SANCHEZ OJEDA, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NOS 5.164.303 Y 9.446.952, RESPECTIVAMENTE, EN CONTRA DE LA EMPRESA MOYO INVERSIONES C.A AUTO PARTE FUTURA C.A,
Resumen:
DISPOSITIVO DEL FALLO En consecuencia, por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por PRESTACIONES SOCIALES incoada por los ciudadanos DEISA DEL CARMEN AVILA PULGAR Y DINORATH J. SANCHEZ OJEDA, titulares de las cedulas de identidad Nos 5.164.303 y 9.446.952, respectivamente, en contra de la empresa MOYO INVERSIONES C.A AUTO PARTE FUTURA C.A, en consecuencia, condena a la demandada cancelar al actor la cantidad VEINTICUATRO MILLONES CIEN MIL NOVECIENTOS QUINCE BOLIVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 24.100.915, 98 ), discriminados de la siguiente manera:
Juez/Ponente:
Diana Pares
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : GP02-L-2006-1439 N° Sentencia : PJ0102007000103 Fecha: 13/06/2007
Procedimiento:
Enfermedad Profesional
Partes:
ANGEL ERNESTO MENDOZA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 11.811.045, EN CONTRA DE LA EMPRESA GENERAL MOTORS VENEZOLANA C.A,
Resumen:
DISPOSITIVO DEL FALLO Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por ENFERMEDAD PROFESIONAL, incoada por la ANGEL ERNESTO MENDOZA, titular de la cedula de identidad Nº 11.811.045, en contra de la empresa GENERAL MOTORS VENEZOLANA C.A, en consecuencia, se condena a la demandada GENERAL MOTORS VENEZOLANA C.A a cancelar la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000,00), mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por cuanto no consta a los autos, el salario que devengaba el actor para el día 27 de febrero de 2004, fecha en que fue constatada la enfermedad por ASODIAM (folio 19), se le condena a cancelar a la empresa GENERAL MOTORS VENEZOLANA C.A al demandante cantidad que arroje la experticia complementaria del fallo.- Se ordena experticia com.....
Juez/Ponente:
Diana Pares
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
arriba

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