Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Héctor Antonio Prince Montezuma, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano Alexander Rafael Querales, contra la decisión dictada en fecha 18/03/08 y fundamentada en fecha 19/03/08, por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 09, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual le decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad al citado ciudadano.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 18/03/08 y fundamentada en fecha 19 de Marzo de 2008, por el Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 09 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cuál decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad .....