Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 10 de enero de 2008, por el ciudadano Paolo Caldini, asistido por el abogado Salomón Espina, contra la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Carora, en el juicio de divorcio incoado por la ciudadana MICAELA TOLDO, contra el ciudadano PAOLO CALDINI; y se REPUSO la causa al estado de nueva admisión. Quedó así ANULADA la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2007. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.