Por razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la INHIBICIÓN propuesta en la presente causa por el Abogado MARCOS EDUARDO ORDOÑEZ PAZ, antes identificado, en su carácter de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías Del Estado Trujillo. Así se decide.
Remítase copia certificada de esta decisión al Juez Inhibido.