En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION interpuesto por la abogada REINA TARTAGLIA, apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana GRACIA PASCUALINA GIORGIONE PUMO, en fecha 15 de enero de 2013, contra la sentencia interlocutoria dictada el 28 de febrero de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
Líbrese Oficio al Juzgado "a-quo" informándole sobre las resultas del presente fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA