DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la Abg. Abg. Iris Gaviria y Abg. José Baldemar Joseph Quintero, en su condición de Defensores Privados del ciudadano LIERMAR DE JESUS SANTIANGO SOLORZANO, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante CESO, cuando el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 11/06/2013, se pronunció respecto a la remisión del Recurso de Apelación a esta Instancia Superior, lo cual es el objeto de la presente acción de amparo, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales según lo manife.....