Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por la ciudadana DULCYMAR LISSETT LOZADA MELENDEZ, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-21.276.516, en contra del ciudadano DIEGO ARMANDO PAEZ CAMACARO, venezolano, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.748.162, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Cabimas del Estado Zulia, en fecha 10 de Octubre del año 2014, quedando inserta el Acta bajo el Nº 84, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.